Realizar una oración pendiente después de la salida del alba

Pregunta
¿Es permitido realizar una oración pendiente después de la salida del alba?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: es permitido sin desagrado; porque la prohibición de realizar oraciones voluntarias después de la salida del alba es por el derecho de las dos unidades de oración del alba, para que se considere como ocupado con ellas; porque el tiempo está determinado para ellas, pero la obligación está por encima de ellas. Ver: Tebyín al-Haqáiq 1: 87, y Dios sabe más.
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