Pregunta
¿Cuáles son las condiciones de la obligación de la oración?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: Primero: la pubertad: no se exige la oración del niño; ya que no está sujeto a la obligación. Segundo: la razón: no se exige la oración del loco; porque no está obligado; pues, según Ali, que Allah esté complacido con él, dijo: «Se levanta la pluma sobre tres: sobre el niño hasta que alcance la pubertad, sobre el dormido hasta que despierte, y sobre el loco hasta que sane», en Sunan Abu Dawood 4: 140, y en Sunan Al-Nasa'i Al-Kubra 4: 324, y en Musnad Al-Tayalisi 1: 15, y en Musnad Abu Ya'la 1: 440. Tercero: el Islam: no se exige la oración del infiel; porque el Islam es un requisito para la obligación de los ritos de la ley, y el infiel no es parte de los musulmanes. Ver: Maraqi Al-Falah p. 173, y Allah sabe mejor.