Respuesta
El número mínimo de camellos es cinco, de los cuales se debe dar una oveja hasta nueve; de diez a catorce se deben dar dos ovejas; de quince a diecinueve se deben dar tres ovejas; de veinte a veinticuatro se deben dar cuatro ovejas; de veinticinco a treinta y cinco se debe dar una cría de un año - que es la que ha alcanzado un año de edad -; de treinta y seis a cuarenta y cinco se debe dar una cría de dos años - que es la que ha alcanzado dos años de edad -; de cuarenta y seis a sesenta se debe dar una hembra de tres años - que es la que ha alcanzado tres años de edad -; de sesenta y uno a noventa se debe dar una hembra de cuatro años - que es la que ha alcanzado cuatro años de edad -; de noventa y uno a ciento veinte se deben dar dos hembras de tres años. Aquí comenzamos a contar de nuevo: de ciento veinticinco a ciento veintinueve se deben dar dos hembras de tres años y una oveja; de ciento treinta a ciento treinta y cuatro se deben dar dos hembras de tres años y dos ovejas; de ciento treinta y seis a ciento treinta y nueve se deben dar dos hembras de tres años y tres ovejas; de ciento cuarenta a ciento cuarenta y cuatro se deben dar dos hembras de tres años y cuatro ovejas; de ciento cuarenta y cinco a ciento cuarenta y nueve se deben dar dos hembras de tres años y una cría de un año; de ciento cincuenta se deben dar tres hembras de tres años. Aquí también comenzamos a contar de nuevo: de ciento cincuenta y cinco a ciento cincuenta y nueve se deben dar tres hembras de tres años y una oveja; de ciento sesenta a ciento sesenta y cuatro se deben dar dos hembras de tres años y dos ovejas; de ciento sesenta y cinco a ciento sesenta y nueve se deben dar tres hembras de tres años y tres ovejas; de ciento setenta a ciento setenta y cuatro se deben dar tres hembras de tres años y cuatro ovejas; de ciento setenta y cinco a ciento ochenta y cinco se deben dar tres hembras de tres años y una cría de un año; de ciento ochenta y seis a ciento noventa y cinco se deben dar tres hembras de tres años y una cría de dos años; de ciento noventa y seis a doscientos se deben dar cuatro hembras de tres años. Así comenzamos de nuevo cada cincuenta como comenzamos después de ciento cincuenta; porque Ali, que Allah esté complacido con él, dijo: "Cuando los camellos superen los ciento veinte, se reinicia la obligación", en Sunan al-Bayhaqi al-Kabir 4: 93, y de Ibrahim al-Naj'i, que Allah tenga misericordia de él: "Luego se reinicia la obligación, si los camellos son muchos, cada cincuenta se debe dar una hembra de tres años", en Al-Athar de Abu Yusuf 1: 84.