Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: lo que se entiende por la obligación en el lavado es la obligación práctica, es decir, lo que es preferible hacer en lugar de dejarlo, con la prohibición de dejarlo, establecido por una prueba de duda; porque las obligaciones del lavado están establecidas por un hadiz, que es un relato único, y no se establece con ello la obligación de creencia, que es preferible hacer en lugar de dejarlo, con la prohibición de dejarlo, establecido por una prueba definitiva sin duda, y Dios sabe mejor.