Zakat de la deuda a plazos

Pregunta
Si un acreedor le da al deudor una cantidad cercana a 27000 dinares, y el deudor se compromete a pagar la deuda en el tribunal en forma de cuotas mensuales de 250 dinares durante 9 años, ¿cómo sería la zakat de esta deuda para el acreedor que no alcanza el umbral de riqueza al finalizar el año? ¿Y cómo sería la zakat de la deuda a plazos y no cobrada en general?
Respuesta

Digo, y con la ayuda de Dios: el acreedor posee el umbral y debe pagar su zakat sobre su deuda, aunque no la tenga en mano. Debe pagar la zakat en el momento en que se cumple el año sobre todo lo que ha recibido en ese año por todos los años de deuda anteriores a esta cantidad recibida, y así lo hará hasta que cobre toda la deuda, y Dios sabe mejor.

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