Pregunta
Es bien sabido que no está permitido recibir pago por la recitación del Corán, pero ¿cuál es el fallo sobre recibir pago por cada uno de los siguientes: el lavado de los muertos, la recitación legal, dar una exhortación por parte de las predicadoras, y el canto en las celebraciones?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: es permitido recibir una remuneración por ello; porque son beneficios y bienes de los cuales se benefician los musulmanes, y quien lo hace dedica su tiempo a ello, y Dios sabe más.