Retraso en el cumplimiento del Ramadán para otro año

Pregunta
¿Si alguien ha retrasado el ayuno de lo que no ayunó en Ramadán por más de un año, no tiene pecado y no necesita expiar? Porque he escuchado en las lecciones que no es obligatorio expiar por retrasar el ayuno por más de un Ramadán, y lo que se ha acordado es que sí peca y debe expiar por cada día?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: La compensación del Ramadán puede hacerse con retraso según Abu Hanifa, y no se incurre en pecado por el retraso, ni se requiere expiación por haber pasado más de un año. Lo mejor es no retrasarse para liberar la conciencia de las obligaciones, y Dios sabe más.
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