Renuncia de una parte de la deuda a cambio de su anticipación

Pregunta
¿Es permitido renunciar a una parte de la deuda a cambio de su anticipación?
Respuesta

Nuestro jeque Al-Othmani en la jurisprudencia de las ventas (1: 530) dijo: «Y entre lo que algunos comerciantes hacen con las deudas aplazadas es que renuncian a una parte de la deuda con la condición de que el deudor pague el resto antes de que llegue el plazo, como que Zayd le deba a Amr mil, y Zayd dice: 'Págame ahora y te perdono cien'. Y esta transacción es conocida en la jurisprudencia como: 'Perdona y paga pronto'. Y si este pronto está condicionado a la reducción de la deuda, entonces las cuatro escuelas están de acuerdo en que no es permitido».

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