Pregunta
El abuelo falleció hace 50 años y tenía una deuda de 30 dinares. ¿Es permitido que el nieto pague esta deuda en nombre del abuelo? ¿Y debe pagar él mismo o más? ¿Cómo puede hacerlo si no conoce al acreedor o a alguno de sus herederos?
Respuesta
Yo digo, y con la ayuda de Dios: Es recomendable que done el valor si no conoce al deudor, y Dios sabe mejor.