Pregunta
Somos hermanas y nuestro padre falleció, y tenemos un hermano. Nuestro padre, que en paz descanse, dejó una casa que mi hermano quiere comprar, pero no puede darnos nuestros derechos de una sola vez. Algunas de mis hermanas le han cedido oficialmente sus derechos, mientras que otras no lo han hecho. Él ha comenzado a darnos a cada una nuestra parte cada vez que tiene disponible una parte. Mi pregunta es: nuestro padre tiene tiendas comerciales, ¿tenemos derecho a seguir recibiendo nuestra parte de los alquileres para quienes aún no han recibido su parte?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: Si se ha realizado la venta entre ustedes y se ha acordado, entonces los alquileres son parte del comprador. Y si no se ha realizado la compra, sino que solo ha habido acuerdo y consentimiento, de modo que se le dice al hermano comprador: "Cuando me pagues mi parte, se habrá realizado la venta entre nosotros", entonces los alquileres permanecen como parte de los herederos para que se beneficien de ellos. Y Dios sabe mejor.