Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: si rompe el ayuno debido a una enfermedad, debe compensar el ayuno y no pagar una expiación, a menos que su enfermedad sea crónica, en cuyo caso debe pagar una expiación de medio sa' de trigo por cada día, lo cual se estima en dos dinares, y se permite el pago a la hermana si es pobre, no a la madre, y Dios sabe más.