Pregunta
¿Tienen los billetes las mismas reglas que el oro y la plata en los intercambios comerciales, la usura, el zakat y otros?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: Nuestro maestro, el otomano, dijo en la jurisprudencia de las ventas (691-713): «El dinero en papel emitido en muchos países hoy en día no contiene una frase que indique que son bonos de deuda, por lo que no hay problema en este aspecto, ya que son precios convencionales al cien por cien. En cuanto a los países que aún escriben tal promesa en los billetes, como la libra esterlina y las rupias paquistaníes e indias, esta promesa escrita hoy solo expresa la garantía del banco central al portador de mantener el valor nominal del papel... Son precios convencionales o establecidos, como el dinero en circulación, y la moneda de cada país es una especie independiente, por lo que se debe pagar el zakat sobre ellos, y se puede considerar como capital en el salam, y se aplica el usura, ya que si se venden por su especie, debe haber equivalencia en el valor y debe haber entrega en la reunión... El intercambio de billetes emitidos por un mismo país solo es válido bajo la condición de que sean equivalentes, y no se permite la diferencia en ellos. Luego, la equivalencia aquí no se refiere al número de billetes, sino al número nominal de los billetes que representa el valor nominal de los billetes, por lo que se permite vender un billete cuyo valor nominal es cincuenta rupias por cinco billetes cuyo valor nominal es de diez rupias cada uno; porque el valor total de estos cinco es igual a cincuenta rupias, y esto no es una consideración del valor en las equivalencias, sino que el objetivo es la equivalencia en el número; porque son precios nominales, y el precio nominal es una realidad que se establece por la costumbre y la consideración, y la costumbre en estos billetes ha hecho que el billete de diez sea equivalente en número a diez billetes, por lo que el valor nominal es este número nominal, y debe haber igualdad en ese número nominal. Ahmad al-Zarqa dijo: «Y lo que parece es que el papel monetario llamado ahora papel sirio en circulación en nuestro país, es equivalente al que está en circulación en otros países, es considerado de los dineros en circulación, y lo que se dijo sobre él de las reglas anteriores se dice sobre él; porque los dineros en circulación son aquellos que no están hechos de los dos metales, oro y plata, y se ha establecido su uso como el de los metales, y el papel mencionado es de este tipo, y quien afirme que los dineros en circulación se limitan a los hechos de metales, que lo demuestre», y Dios sabe mejor.