Pregunta
Una señora, cuando le correspondía ayunar, no lo cumplió y no compensó los días que rompió, y no sabe cuántos días rompió. ¿Cuál es el procedimiento en este caso?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: debe calcular cuánto ha ayunado y compensar, y debe expiar con un solo expiación de sesenta días por todo lo anterior de la ruptura del ayuno, y Dios sabe más.