Pregunta
Si la mujer renuncia a su dote y la descarta, y luego vuelve a reclamarla, ¿se considera que ha sido completamente anulada, o es un derecho que permanece y no se anula por la renuncia, sabiendo que la dote no fue mencionada explícitamente en el momento del contrato, y que se dejó a su acuerdo? ¿Es permitido para la mujer renunciar a una dote cuyo valor no se conoce porque no fue mencionado?
Respuesta
Yo digo, y con la ayuda de Dios: la dote es un derecho de la mujer y ella puede renunciar a ella; si la renuncia, ya no tiene derecho a reclamarla, pero generalmente en la relación entre los cónyuges hay cortesía, de modo que la esposa dice: no quiero la dote, sin que realmente lo pretenda; por lo tanto, opinamos que la dote permanece en la responsabilidad del esposo y no se anula.
En cuanto a si no se mencionó la dote, se debe la dote equivalente para la mujer, que es la dote con la que se casó su hermana, por ejemplo, y después de eso, la mujer puede reclamarla o renunciar a ella, y Dios sabe mejor.