Pregunta
Una señora fue divorciada por su esposo, y después de dos meses, el esposo falleció. ¿Debe cumplir con el período de espera por muerte, ya que está divorciada de manera revocable y su período de espera no ha terminado?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: se requiere el período de luto por la muerte para que se apliquen las disposiciones del matrimonio en cuanto a la herencia y otros aspectos, y Dios sabe más.