Pregunta
¿Es permitido ayunar los días blancos de cada mes y ayunar los lunes y jueves, considerando estos días como compensación para quien ha perdido el ayuno y han pasado años sin haberlo cumplido, cuál es la regla?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: Es permitido ayunar en estos días con la intención de compensar, no se debe combinar dos intenciones, y no se requiere expiación, sino que la expiación debe ser de sesenta días para quien rompa el ayuno intencionadamente sin excusa, y Dios sabe más.