Pregunta
¿Es permitido que el estado adquiera algunas tierras para el bien público de manera forzada?
Respuesta
Digo y con la ayuda de Dios: Se exceptúa de la regla del forzado la obligación del contrato en caso de que la toma sea por parte del estado por necesidad de la gente después de haber pagado el precio al propietario. Dijo Mulla Khosrow en los "Dorar wa Gharar" (2: 136) y el Tamartashi en "Al-Tanwir" (4: 379): «Y se permite tomar un terreno al lado de la mezquita si es estrecho para la gente a cambio de su valor, aunque sea a la fuerza». Y dijo Ali Haidar en "Dorar al-Hukam" (3: 233) al explicar el artículo (1216) de la revista: «(Se puede tomar la propiedad de cualquiera a su valor por orden del sultán en caso de necesidad, y se considera parte del camino), pero no se puede quitar su propiedad de su mano a menos que se le pague el precio. Se puede tomar la propiedad de cualquiera a su valor real para beneficios públicos como el camino, la mezquita y el cauce de agua, aunque su propietario no esté de acuerdo con su venta. Por lo tanto, se puede tomar en caso de necesidad —es decir, si el camino es estrecho y se necesita ampliarlo— la propiedad de cualquiera a su valor por orden del sultán, aunque su propietario no esté de acuerdo, y se considera parte del camino. Por lo tanto, si la mezquita es estrecha y no es suficiente para acomodar a los fieles, y alguien tiene una propiedad conectada a esa mezquita y hay necesidad de anexar parte de esa casa a la mezquita, y el propietario de la casa se niega a vender esa parte de su propiedad, no se considera su consentimiento, y se toma la cantidad necesaria para la mezquita y el área de la mezquita a su valor, forzosamente, y se amplía la mezquita. Asimismo, se toma el lugar por donde pasan las aguas a su valor, aunque su propietario no esté de acuerdo, pero no se toma la propiedad de su mano a menos que se le pague el precio de inmediato, esto si se va a tomar la propiedad sin el consentimiento de su propietario o se toma la propiedad con el consentimiento de su propietario mediante una venta absoluta a un precio inmediato», y Dios sabe más.