Intercambio de clientes con comisión

Pregunta
¿Es correcto que dos empresas, o dos tiendas, o dos comerciantes acuerden enviarse clientes mutuamente a cambio de un porcentaje de lo que se les ofrezca como servicio? Por ejemplo: una clínica de ortopedia en un complejo médico acuerda con una clínica de radiología en el mismo edificio o en otro que envíe todos los casos de fracturas y otros a la clínica de radiología acordada, y que la clínica de radiología pague un porcentaje al médico ortopedista acordado. ¿Es esto permitido? ¿Y hay alguna diferencia si este porcentaje se añade al paciente por parte de la clínica de radiología, o si no se le añade?
Respuesta
Digo y con la ayuda de Dios: es permisible si esta comisión no se incrementa para el cliente, sino que proviene de la tarifa original de la otra parte, así como si no hay engaño hacia el cliente ni se le exige cosas que no necesita para obtener la comisión, y no hay ningún daño financiero o de otro tipo que afecte al cliente, y Dios sabe mejor.
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