El dote de la mujer cuyo esposo ha fallecido y no dejó herencia

Pregunta
Una señora cuyo esposo ha fallecido y no le dejó herencia, se le dijo que tiene derecho a cobrar el dote aplazado de la familia del esposo, ¿puede ella perdonar a su esposo fallecido en su derecho?
Respuesta

Yo digo, y con la ayuda de Dios: el dote aplazado se considera una deuda que se debe cobrar de la herencia del difunto si existe; de lo contrario, se extingue como una deuda, y su propietario no tiene derecho a reclamar a nadie, y queda como un derecho en la otra vida. Es recomendable que la esposa lo perdone ante Dios, y Dios sabe mejor.

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