El ayuno por el difunto

Pregunta
La esposa de mi hermano, la hija de mi prima, falleció. Tenía que ayunar aproximadamente (18) días, y su intención era ayunar esos días si Allah la sanaba; pero falleció. Hay un hadiz del Profeta Muhammad ﷺ que dice: «Quien muera y tenga ayuno pendiente, su tutor ayunará por él». Yo ayuné por ella, ¿es esto suficiente, o es necesario que su madre, su padre, su hermana o su hijo ayunen por ella, o mi ayuno por ella es válido?
Respuesta
Digo, y con la ayuda de Dios: No está permitido que alguien ayune por otro, ni que alguien rece por otro, pero es recomendable que se pague una compensación por ella, que es el equivalente a dos dinares por cada día. Tu ayuno por ella le llegará su recompensa, ya que está permitido dedicar las recompensas a los muertos, y el ayuno obligatorio por ella no se anula. Dios sabe más.
imam icon

Envía tu pregunta al asistente inteligente

Si las respuestas anteriores no son apropiadas, envía tu pregunta al Mufti a través de