Pregunta
¿Cuál es el fallo sobre el ayunador que introdujo humo en su garganta por su propia acción?
Respuesta
Quien introdujo humo en su garganta por su propia acción, de cualquier forma que haya sido la introducción, incluso si fue a través de incienso y lo inhaló recordando su ayuno, si no disfrutó ni se benefició de ello, debe compensar sin expiación; debido a que no se ha alcanzado la plenitud del deseo y la anhelo. Sin embargo, si se benefició de ello o disfrutó, debe compensar y expiar si recordaba su ayuno; ya que se ha alcanzado la plenitud del deseo y la anhelo. Véase رد المحتار 2: 97.