Cumplimiento del ayuno por el difunto

Pregunta
Si hay una persona que ha fallecido y tenía días de ayuno pendientes de Ramadán, y su esposa estaba al tanto de los días que su esposo no ayunó en Ramadán, ¿debe ella cumplir primero con el ayuno de su esposo y luego hacer el ayuno que le falta de Ramadán? ¿O debe primero cumplir con su propio ayuno de Ramadán y luego el de su esposo?
Respuesta

Yo digo, y con la ayuda de Dios: No está permitido que alguien ayune por otro, y se recomienda que ella expíe por cada día que su esposo haya roto el ayuno alimentando a un pobre, y esto equivale aproximadamente a dos dinares jordanos, y Dios sabe mejor.

imam icon

Envía tu pregunta al asistente inteligente

Si las respuestas anteriores no son apropiadas, envía tu pregunta al Mufti a través de