Digo y con la ayuda de Dios: Si estos productos se fabrican, se puede aplicar el contrato de fabricación, y si no se fabrican, el vendedor puede poseerlos o no, y por lo tanto consideramos que el contrato inicialmente entre el vendedor y el comprador es un contrato de promesa vinculante en términos legales, y al momento de la entrega se convierte en una venta.
Nuestro maestro, el otomano, dijo en la jurisprudencia de las ventas (2: 93): «No hay duda de que la necesidad de hacer vinculante la promesa en los acuerdos de suministro es evidente, y el daño a una de las partes en caso de no ser vinculante es claro y no necesita explicación, por lo que el Sheikh Fath Muhammad al-Laknawi, alumno del Imam Abdul Hai al-Laknawi, y su alumno el Sheikh Syed Ahmad al-Laknawi, emitieron un fatwa de que la promesa de venta y compra es vinculante en términos legales», y Dios sabe mejor.