Pregunta
Mi padre tenía un terreno, y lo escribió a nombre de su padre para obtener un préstamo de vivienda militar por valor de (5000) dinares. Después de dos años, mi padre pagó (1500) dinares del préstamo y quedaron (3500). Luego, después de eso, su padre falleció, y el ejército condonó el resto del monto. ¿Tienen los herederos derecho a la cantidad de (3500) dinares?
Respuesta
Digo y con la ayuda de Dios: se supone que su padre debe devolver el monto a los herederos de su hijo porque es su derecho, así como tienen derecho a la cantidad mencionada que queda, y Dios sabe mejor.